Resolución 162/2016

Autorización de inscripción de licencia a QS ADHESIVES & SEALANTS, S.L.

Organismo
Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 34 Ordinaria de 2016 (2016-08-12)
Páginas
5–7
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La Resolución No. 162/2016 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera autoriza la inscripción de licencia a QS ADHESIVES & SEALANTS, S.L., una compañía española. Esta resolución regula la autorización para que dicha compañía realice actividades comerciales en Cuba.

Texto íntegro

RESOLUCIÓN No. 162/2016

POR CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, “Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras”, establece elprocedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción, renovación y cancelaciónde licencias presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.

POR CUANTO: La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve elexpediente incoado en virtud de la solicitud de inscripción de licencia presentada por lacompañía española QS ADHESIVES & SEALANTS, S.L., y del análisis efectuado se haconsiderado acceder a la solicitud formulada.

POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el numeral 4 del Apartado Tercero del Acuerdo No. 2817, de fecha 25 de noviembre de 1994, adoptadopor el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros,

R e s u e l v o:

PRIMERO: Autorizar la inscripción de la licencia en el Registro Nacional de Sucursalesy Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, a la compañía española QS ADHESIVES & SEALANTS, S.L.

SEGUNDO: La compañía española QS ADHESIVES & SEALANTS, S.L., a partir dela inscripción de la Licencia, estará autorizada a la realización de actividades comercialesrelacionadas con las mercancías que, a nivel de Capítulos, se describen en el Anexo No. 1 que forma parte integrante de la presente Resolución.

TERCERO: La Licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autorizala realización de las actividades siguientes:

- a)Importar y exportar directamente, con carácter comercial.

- b)Realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, exceptolos servicios de postventa y garantía, expresamente acordados en los contratos queamparan las operaciones de comercio exterior.

- c)Distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.

CUARTO: La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras queda responsabilizada del cumplimiento de lo dispuesto en lapresente Resolución.

COMUNÍQUESE a los viceministros y directores del Ministerio del Comercio Exteriory la Inversión Extranjera, a la Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la Repúblicade Cuba, al Director General del Grupo Empresarial del Comercio Exterior, GECOMEX,a la Ministra de Finanzas y Precios, al Presidente del Banco Central de Cuba, al Jefe de la Aduana General de la República, al Presidente de la compañía ACOREC S.A., al Directorde la Dirección de Inmigración y Extranjería, a la Presidenta de la compañía ETECSA,al Encargado del Registro Nacional de Vehículos Automotores y a cuantas otras entidadesnacionales corresponda.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.

ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica.

DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a los 29 días del mes de junio de 2016.

Rodrigo Malmierca Díaz

Ministro del Comercio Exterior

y la Inversión Extranjera

ANEXO No. 1

NOMENCLATURA DE PRODUCTOS AUTORIZADOS A REALIZAR

ACTIVIDADES COMERCIALES A QS ADHESIVES & SEALANTS, S.L.

| Descripción | | - | | Capítulo 15 Grasas y aceites animales o vegetales; productos de su desdoblamiento;grasas alimenticias elaboradas; ceras de origen animal o vegetal | | Capítulo 29 Productos químicos orgánicos | | Capítulo 32 Extractos curtientes o tintóreos; taninos y sus derivados; pigmentos y demásmaterias colorantes; pinturas y barnices; mástiques; tintas | | Capítulo 33 Aceites esenciales y resinoides; preparaciones de perfumería, de tocador ode cosmética | | Capítulo 34 Jabón, agentes de superficie orgánicos, preparaciones para lavar, preparacioneslubricantes, ceras artificiales, ceras preparadas, productos de limpieza, velas y artículossimilares, pastas para modelar, “ceras para odontología” y preparaciones para odontologíaa base de yeso fraguable | | Capítulo 35 Materias albuminoideas; productos a base de almidón o de fécula modificados;colas; enzimas | | Capítulo 37 Productos fotográficos o cinematográficos |

| Descripción | | - | | Capítulo 38 Productos diversos de las industrias químicas | | Capítulo 39 Plástico y sus manufacturas | | Capítulo 40 Caucho y sus manufacturas | | Capítulo 41 Pieles (excepto la peletería) y cueros | | Capítulo 48 Papel y cartón; manufacturas de pasta de celulosa, de papel o cartón | | Capítulo 64 Calzado, polainas y artículos análogos; partes de estos artículos | | Capítulo 82 Herramientas y útiles, artículos de cuchillería y cubiertos de mesa, de metalcomún; partes de estos artículos, de metal común | | Capítulo 84 Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos;partes de estas máquinas o aparatos | | Capítulo 85 Máquinas, aparatos y material eléctrico, y sus partes; aparatos de grabacióno reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido entelevisión, y las partes y accesorios de estos aparatos | | Capítulo 94 Muebles; mobiliario medicoquirúrgico; artículos de cama y similares;aparatos de alumbrado no expresados ni comprendidos en otra parte; anuncios, letreros yplacas indicadoras luminosos y artículos similares; construcciones prefabricadas | | Capítulo 96 Manufacturas diversas |

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