Resolución 184
La Resolución No. 184 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera regula la renovación de la licencia a la compañía española PROMOTORA ORBITA, S.L. para realizar actividades comerciales en Cuba. La licencia fue renovada por el Ministro del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, Rodrigo Malmierca Díaz.
- Se autoriza a PROMOTORA ORBITA, S.L. a realizar actividades comerciales relacionadas con mercancías de varios capítulos (4, 13, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 30, 32, 33, 34, 38, 39, 40, 42, 44, 48, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 58, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 68, 69, 72, 73, 74, 75, 76, 78, 79, 80, 82, 83, 84, 85, 87, 95).
- La licencia no autoriza a importar y exportar directamente con carácter comercial.
- La licencia no autoriza a realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, excepto servicios de postventa y garantía.
- La licencia no autoriza a distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN No. 184 de 2016
POR CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, “Reglamento del Registro Na-cional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras”, establece el procedi-miento para la tramitación de las solicitudes de inscripción, renovación y cancelación de licenciaspresentadas ante dicho Registro, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de So-ciedades Mercantiles Extranjeras, ha elevado a la consideración del que resuelve el ex-pediente incoado en virtud de la solicitud de renovación de Licencia presentada por lacompañía española PROMOTORA ORBITA, S.L., y del análisis efectuado se ha consi-derado procedente acceder a la solicitud formulada.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el numeral 4 del Apartado Tercero del Acuerdo No. 2817, de fecha 25 de noviembre de 1994, adoptado porel Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros,
R e s u e l v o :
PRIMERO: Autorizar la renovación de la Licencia ante el Registro Nacional de Sucursa-les y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio dela República de Cuba, de la compañía española PROMOTORA ORBITA, S.L.
SEGUNDO: El objeto de la compañía PROMOTORA ORBITA, S.L., a partir de la re-novación de su Licencia, será la realización de las actividades comerciales relacionadas conlas mercancías que, a nivel de capítulos, se describen en el Anexo No. 1 que forma parteintegrante de la presente Resolución.
TERCERO: La Licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución, no autorizala realización de las actividades siguientes:
- a)Importar y exportar directamente, con carácter comercial.
- b)Realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios,excepto los servicios de postventa y garantía, expresamente acordados en loscontratos que amparan las operaciones de comercio exterior.
- c)Distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
CUARTO: La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Socieda-des Mercantiles Extranjeras queda responsabilizada del cumplimiento de lo dispuesto enla presente Resolución.
COMUNÍQUESE a los viceministros y directores del Ministerio del Comercio Exteriory la Inversión Extranjera, a la Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentesde Sociedades Mercantiles Extranjeras adscrito a la Cámara de Comercio de la Repúblicade Cuba, al Director General del Grupo Empresarial del Comercio Exterior, GECOMEX,a la Ministra de Finanzas y Precios, al Presidente del Banco Central de Cuba, al Jefe de la Aduana General de la República, al Presidente de la compañía ACOREC S.A., al Directorde la Dirección de Inmigración y Extranjería, a la Presidenta de la compañía ETECSA, al Encargado del Registro Nacional de Vehículos Automotores y a cuantas otras entidadesnacionales corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica.
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a losdiecinueve días del mes de julio de dos mil dieciséis.
Rodrigo Malmierca Díaz
Ministro del Comercio Exterior
y la Inversión Extranjera
ANEXO No. 1
NOMENCLATURA DE PRODUCTOS APROBADA PARA LA REALIZACIÓNDE ACTIVIDADES COMERCIALES A PROMOTORA ORBITA S.L.
| Descripción | | - | | Capítulo 4 Leche y productos lácteos; huevos de ave; miel natural; productos comestiblesde origen animal, no expresados ni comprendidos en otra parte | | Capítulo 13 Gomas, resinas y demás jugos y extractos vegetales | | Capítulo 15 Grasas y aceites animales o vegetales; productos de su desdoblamiento;grasas alimenticias elaboradas; ceras de origen animal o vegetal |
| Descripción | | - | | Capítulo 16 Preparación de carne, pescado o crustáceos, moluscos o demás invertebradosacuáticos | | Capítulo 17 Azúcares y artículos de confitería | | Capítulo 18 Cacao y sus preparaciones | | Capítulo 19 Preparaciones a base de cereales, harina, almidón, fécula o leche; productosde pastelería | | Capítulo 20 Preparaciones de hortalizas, frutas u otros frutos o demás partes de plantas | | Capítulo 21 Preparaciones alimenticias diversas | | Capítulo 30 Productos farmacéuticos | | Capítulo 32 Extractos curtientes o tintóreos; taninos y sus derivados; pigmentos y demásmaterias colorantes; pinturas y barnices; mástiques; tintas | | Capítulo 33 Aceites esenciales y resinoides; preparaciones de perfumería, de tocador ode cosmética | | Capítulo 34 Jabón, agentes de superficie orgánicos, preparaciones para lavar,preparaciones lubricantes, ceras artificiales, ceras preparadas, productos de limpieza,velas y artículos similares, pastas para modelar, "ceras para odontología" y preparacionespara odontología a base de yeso fraguable | | Capítulo 38 Productos diversos de las industrias químicas | | Capítulo 39 Plástico y sus manufacturas | | Capítulo 40 Caucho y sus manufacturas | | Capítulo 42 Manufacturas de cuero; artículos de talabartería o guarnicionería; artículosde viaje, bolsos de mano (carteras) y continentes similares; manufacturas de tripa | | Capítulo 44 Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera | | Capítulo 48 Papel y cartón; manufacturas de pasta de celulosa, de papel o cartón | | Capítulo 50 Seda | | Capítulo 51 Lana y pelo fino u ordinario; hilados y tejidos de crin | | Capítulo 52 Algodón | | Capítulo 53 Las demás fibras textiles vegetales; hilados de papel y tejidos de hilados depapel | | Capítulo 54 Filamentos sintéticos o artificiales | | Capítulo 55 Fibras sintéticas o artificiales discontinuas | | Capítulo 58 Tejidos especiales; superficies textiles con mechón insertado; encajes;tapicería; pasamanería; bordados | | Capítulo 60 Tejidos de punto | | Capítulo 61 Prendas y complementos (accesorios), de vestir, de punto | | Capítulo 62 Prendas y complementos (accesorios), de vestir, excepto los de punto | | Capítulo 63 Los demás artículos textiles confeccionados; juegos; prendería y trapos | | Capítulo 64 Calzado, polainas y artículos análogos; partes de estos artículos | | Capítulo 65 Sombreros, demás tocados y sus partes | | Capítulo 68 Manufacturas de piedra, yeso fraguable, cemento, amianto (asbesto), micao materias análogas | | Capítulo 69 Productos cerámicos | | Capítulo 72 Fundición, hierro y acero | | Capítulo 73 Manufacturas de fundición, hierro o acero |
| Descripción | | - | | Capítulo 74 Cobre y sus manufacturas | | Capítulo 75 Níquel y sus manufacturas | | Capítulo 76 Aluminio y sus manufacturas | | Capítulo 78 Plomo y sus manufacturas | | Capítulo 79 Zinc y sus manufacturas | | Capítulo 80 Estaño y sus manufacturas | | Capítulo 82 Herramientas y útiles, artículos de cuchillería y cubiertos de mesa, de metalcomún; partes de estos artículos, de metal común | | Capítulo 83 Manufacturas diversas de metal común | | Capítulo 84 Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos;partes de estas máquinas o aparatos | | Capítulo 85 Máquinas, aparatos y material eléctrico, y sus partes; aparatos de grabacióno reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido entelevisión, y las partes y accesorios de estos aparatos | | Capítulo 87 Vehículos automóviles, tractores, velocípedos y demás vehículos terrestres;sus partes y accesorios | | Capítulo 95 Juguetes, juegos y artículos para recreo o deporte; sus partes y accesorios |
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