Resolución 241
La Resolución No. 241 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera autoriza la inscripción de la sucursal de la compañía panameña INVERSIONES ROEDER, S.A. en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras. Esta resolución regula las condiciones y el objeto de la sucursal, así como las actividades que no están autorizadas a realizar.
- Se autoriza la inscripción de la sucursal de INVERSIONES ROEDER, S.A. en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras.
- El objeto de la sucursal será la realización de actividades comerciales relacionadas con mercancías específicas (Anexo I).
- No se autoriza a la sucursal a importar y exportar directamente con carácter comercial, realizar comercio mayorista y minorista, distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
- La sucursal tiene un plazo de 90 días para formalizar su inscripción en el Registro Nacional.
- La licencia otorgada no autoriza actividades como el comercio mayorista y minorista en general, excepto servicios de posventa y garantía.
Texto íntegro
GOC-2019-836-O70 RESOLUCIÓN 241 de 2019
POR CUANTO: El Decreto 206 “Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras”, de 10 de abril de 1996, establece el proce-dimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción, renovación y cancelación de li-cencias de las sucursales y agentes de sociedades mercantiles presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: El encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de So-ciedades Mercantiles Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve el ex-pediente incoado en virtud de la solicitud de inscripción de la sucursal de la compañía panameña INVERSIONES ROEDER, S.A. y, del análisis efectuado, se ha considerado acceder a la solicitud formulada.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso d) del artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Autorizar la inscripción de la sucursal de la compañía panameña INVER-SIONES ROEDER, S.A. en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
SEGUNDO: El objeto de la sucursal de la compañía panameña INVERSIONES ROE-DER, S.A. en Cuba, a partir de su inscripción, será la realización de actividades comer-ciales relacionadas con las mercancías que, a nivel de capítulos, se describen en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución.
1563 GACETA OFICIAL16 de septiembre de 2019
TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autori-za la realización de las actividades siguientes: a) Importar y exportar directamente, con carácter comercial; b) realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, excepto los servicios de posventa y garantía, expresamente acordados en los contratos que amparan las operaciones de comercio exterior; y c) distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
CUARTO: El encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
QUINTO: Se concede un plazo de noventa días, contados a partir de la entrada en vi-gor de la presente Resolución, para que la entidad cuya inscripción se autoriza en el apar-tado Primero formalice su inscripción en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras; el incumplimiento del plazo establecido en este apartado implicará el desistimiento de la entidad promovente para lo que ha sido autori-zada y, consecuentemente, el encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras procederá al archivo del expediente incoado. NOTIFÍQUESE al encargado del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Socie-dades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, por conducto de la directora jurídica del Ministerio. COMUNÍQUESE al jefe de la Aduana General de la República, al presidente de la Agen-cia de Contratación a Representaciones Comerciales, S.A. y a los viceministros, directores generales y a la directora de la Dirección de Gestión Empresarial Externa del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a los veintinueve días del mes de agosto de dos mil diecinueve. “Año 61 de la Revolución”.Rodrigo Malmierca Díaz Anexo iNOMENCLATURA DE PRODUCTOS APROBADA PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES COMERCIALES A LA SUCURSAL INVERSIONES ROEDER, S.A. Descripción Capítulo 32 Extractos curtientes o tintóreos; taninos y sus derivados; pigmentos y demás materias colorantes; pinturas y barnices; mástiques; tintas Capítulo 33 Aceites esenciales y resinoides; preparaciones de perfumería, de tocador o de cosmética Capítulo 34 Jabón, agentes de superficie orgánicos, preparaciones para lavar, preparaciones lubricantes, ceras artificiales, ceras preparadas, productos de limpieza, velas y artículos similares, pastas para modelar, “ceras para odontología” y preparaciones para odontología a base de yeso fraguable Capítulo 35 Materias albuminoideas; productos a base de almidón o de fécula modificados; colas; enzimas Capítulo 38 Productos diversos de las industrias químicas
1564 GACETA OFICIAL 16 de septiembre de 2019 Descripción Capítulo 39 Plástico y sus manufacturas Capítulo 40 Caucho y sus manufacturas Capítulo 42 Manufacturas de cuero; artículos de talabartería o guarnicionería; artículos de viaje, bolsos de mano (carteras) y continentes similares; manufacturas de tripa Capítulo 43 Peletería y confecciones de peletería; peletería facticia o artificial Capítulo 44 Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera Capítulo 45 Corcho sus manufacturas Capítulo 48 Papel y cartón; manufacturas de pasta de celulosa, de papel o cartón Capítulo 49 Productos editoriales de la prensa y de las demás industrias gráficas; textos manuscritos o mecanografiados y planos Capítulo 54 Filamentos sintéticos o artificiales Capítulo 56 Guata, fieltro y tela sin tejer; hilados especiales; cordeles, cuerdas y cordajes; artículos de cordelería Capítulo 57 Alfombras y demás revestimientos para el suelo, de materia textil Capítulo 58 Tejidos especiales; superficies textiles con mechón insertado; encajes; tapicería; pasamanería; bordados Capítulo 59 Telas impregnadas, recubiertas, revestidas o estratificadas; artículos técnicos de materia textil Capítulo 60 Tejidos de punto Capítulo 61 Prendas y complementos (accesorios) de vestir, de punto Capítulo 62 Prendas y complementos (accesorios) de vestir, excepto los de punto Capítulo 63 Los demás artículos textiles confeccionados; juegos; prendería y trapos Capítulo 64 Calzado, polainas y artículos análogos; partes de estos artículos Capítulo 65 Sombreros, demás tocados y sus partes Capítulo 66 Paraguas, sombrillas, quitasoles, bastones, bastones asiento, látigos, fustas, y sus partes Capítulo 68 Manufacturas de piedra, yeso fraguable, cemento, amianto (asbesto), mica o materias análogas Capítulo 69 Productos cerámicos Capítulo 70 Vidrio y sus manufacturas Capítulo 72 Fundición, hierro y acero Capítulo 73 Manufacturas de fundición, hierro o acero Capítulo 74 Cobre y sus manufacturas Capítulo 75 Níquel y sus manufacturas Capítulo 76 Aluminio y sus manufacturas Capítulo 78 Plomo y sus manufacturas Capítulo 79 Zinc y sus manufacturas
1565 GACETA OFICIAL16 de septiembre de 2019 Descripción Capítulo 80 Estaño y sus manufacturas Capítulo 81 Los demás metales comunes; cermets; manufacturas de estas materias Capítulo 82 Herramientas y útiles, artículos de cuchillería y cubiertos de mesa, de metal común; partes de estos artículos, de metal común Capítulo 83 Manufacturas diversas de metal común Capítulo 84 Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas máquinas o aparatos Capítulo 85 Máquinas, aparatos y material eléctrico, y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos Capítulo 87 Vehículos automóviles, tractores, velocípedos y demás vehículos terrestres, sus partes y accesorios Capítulo 89 Barcos y demás artefactos flotantes Capítulo 90 Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión; instrumentos y aparatos medicoquirúrgicos; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos Capítulo 91 Aparatos de relojería y sus partes Capítulo 94 Muebles; mobiliario medicoquirúrgico; artículos de cama y similares; aparatos de alumbrado no expresados ni comprendidos en otra parte; anuncios, letreros y placas indicadoras luminosos y artículos similares; construcciones prefabricadas Capítulo 95 Juguetes, juegos y artículos para recreo o deporte; sus partes y accesorios Capítulo 96 Manufacturas diversas________________COMUNICACIONES