Resolución 351/2015
La Resolución No. 351/2015 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera regula la renovación de la licencia de la compañía canadiense SKY TECK LABS INC. para realizar actividades comerciales en Cuba.
- Se autoriza la renovación de la licencia de SKY TECK LABS INC. ante el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras.
- El objeto de la compañía será la realización de actividades comerciales relacionadas con mercancías descritas en el Anexo No. 1.
- La licencia no autoriza la importación y exportación directa, comercio mayorista y minorista, distribución y transporte de mercancías en el territorio nacional.
- La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras es responsable del cumplimiento de la resolución.
- Se aprueba la nomenclatura de productos para SKY TECK LABS INC. que incluye capítulos 25, 29, 32, 34, 38, 39, 42, 48, 49, 59, 69, 72, 73, 74, 76, 82, 84, 85, 87 y 90.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN No. 351/2015
POR CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, “Reglamento del Re-gistro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras”, esta-blece el procedimiento para la tramitaciónde las solicitudes de inscripción, renova-ción y cancelación de licencias presentadasante dicho Registro, adscrito a la Cámarade Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: La Encargada del Re-gistro Nacional de Sucursales y Agentesde Sociedades Mercantiles Extranjeras, haelevado a la consideración del que resuelveel expediente incoado en virtud de la soli-citud de renovación de Licencia presentadapor la compañía canadiense SKY TECKLABS INC., y del análisis efectuado se haconsiderado procedente acceder a la solici-tud formulada.
POR TANTO: En ejercicio de las fa-cultades que me han sido conferidas por elnumeral 4 del Apartado Tercero del Acuer-do No. 2817, de fecha 25 de noviembre de 1994, adoptado por el Comité Ejecutivodel Consejo de Ministros,
R e s u e l v o :
PRIMERO: Autorizar la renovación de la Licencia ante el Registro Nacional de Sucur-sales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comer-cio de la República de Cuba, de la compañíacanadiense SKY TECK LABS INC.
SEGUNDO: El objeto de la compañíacanadiense SKY TECK LABS INC., a par-tir de la renovación de su Licencia, será larealización de las actividades comercialesrelacionadas con las mercancías que, a ni-vel de capítulos, se describen en el Anexo No. 1 que forma parte integrante de la pre-sente Resolución.
TERCERO: La Licencia que se otorgueal amparo de la presente Resolución, noautoriza la realización de las actividadessiguientes:
a) Importar y exportar directamente, concarácter comercial.
b) Realizar el comercio mayorista y mino-rista en general de productos y servicios,excepto los servicios de postventa y ga-rantía, expresamente acordados en loscontratos que amparan las operacionesde comercio exterior.
c) Distribuir y transportar mercancías en elterritorio nacional.
CUARTO: La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de So-ciedades Mercantiles Extranjeras quedaresponsabilizada del cumplimiento de lodispuesto en la presente Resolución.
COMUNÍQUESE a los viceministrosy directores del Ministerio del Comer-cio Exterior y la Inversión Extranjera, ala Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mer-cantiles Extranjeras adscrito a la Cámarade Comercio de la República de Cuba, al Director General del Grupo Empresarialdel Comercio Exterior, GECOMEX, a la Ministra de Finanzas y Precios, al Presi-dente del Banco Central de Cuba, al Jefede la Aduana General de la República, al Presidente de la compañía ACOREC S.A.,al Director de la Dirección de Inmigracióny Extranjería, al Presidente de la compañíaETECSA, al Encargado del Registro Na-cional de Vehículos Automotores y a cuan-tas otras entidades nacionales corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial dela República.
ARCHÍVESE el original de la misma enla Dirección Jurídica.
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extran-jera, a los veinticuatro días del mes de no-viembre de dos mil quince.
Rodrigo Malmierca Díaz
Ministro del Comercio Exterior
y la Inversión Extranjera
ANEXO No. 1
NOMENCLATURADE PRODUCTOS APROBADAPARA LA REALIZACIÓNDE ACTIVIDADES COMERCIALESA SKY TECK LABS INC.
| Descripción | | - | | Capítulo 25 Sal; azufre; tierras y piedras;yesos, cales y cementos | | Capítulo 29 Productos químicos orgánicos | | Capítulo 32 Extractos curtientes o tintó-reos; taninos y sus derivados; pigmentosy demás materias colorantes; pinturas ybarnices; mástiques; tintas | | Capítulo 34 Jabón, agentes de superficieorgánicos, preparaciones para lavar, prepa-raciones lubricantes, ceras artificiales, ceraspreparadas, productos de limpieza, velas yartículos similares, pastas para modelar,“ceras para odontología” y preparacionespara odontología a base de yeso fraguable | | Capítulo 38 Productos diversos de lasindustrias químicas | | Capítulo 39 Plástico y sus manufacturas | | Capítulo 42 Manufacturas de cuero; artícu-los de talabartería o guarnicionería; artículosde viaje, bolsos de mano (carteras) y conti-nentes similares; manufacturas de tripa | | Capítulo 48 Papel y cartón; manufacturasde pasta de celulosa, de papel o cartón | | Capítulo 49 Productos editoriales de la prensay de las demás industrias gráficas; textos ma-nuscritos o mecanografiados y planos | | Capítulo 59 Telas impregnadas, recubiertas,revestidas o estratificadas; artículos técnicosde materia textil | | Capítulo 69 Productos cerámicos | | Capítulo 72 Fundición, hierro y acero |
| Descripción | | - | | Capítulo 73 Manufacturas de fundición,hierro o acero | | Capítulo 74 Cobre y sus manufacturas | | Capítulo 76 Aluminio y sus manufacturas | | Capítulo 82 Herramientas y útiles, artículosde cuchillería y cubiertos de mesa, de metalcomún; partes de estos artículos, de metalcomún | | Capítulo 84 Reactores nucleares, calderas,máquinas, aparatos y artefactos mecáni-cos; partes de estas máquinas o aparatos | | Capítulo 85 Máquinas, aparatos y materialeléctrico, y sus partes; aparatos de graba-ción o reproducción de sonido, aparatosde grabación o reproducción de imagen ysonido en televisión, y las partes y acceso-rios de estos aparatos | | Capítulo 87 Vehículos automóviles, tractores,velocípedos y demás vehículos terrestres; suspartes y accesorios | | Capítulo 90 Instrumentos y aparatos de óp-tica, fotografía o cinematografía, de medida,control o precisión; instrumentos y aparatosmedicoquirúrgicos; partes y accesorios deestos instrumentos o aparatos |
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