
El Tribunal Provincial Popular de La Habana dio a conocer la sentencia dictada por el Tribunal Municipal Popular de Arroyo Naranjo el pasado 29 de septiembre de 2025, en el juicio oral y público correspondiente a la causa número 84 de ese año.
En el proceso fueron juzgados Daima Rodríguez Núñez y Carlos Díaz González por los delitos de corrupción de menores, actos contrarios al desarrollo integral infantil y abusos sexuales, subrayó una nota publicada por el Tribunal Supremo Popular en su sitio web.
Durante el juicio, se demostró que Daima Rodríguez Núñez, madre biológica y tutora legal de cuatro niñas de 10, 7, 4 y 1 año de edad —las tres mayores con capacidades cognitivas disminuidas y atendidas en escuelas especiales— incumplía de forma reiterada sus deberes de cuidado.
Las menores no recibían educación ni atención médica adecuada, y su alimentación era deficiente, a pesar de contar con apoyo del gobierno municipal.
Además, la madre se ausentaba del hogar por largos períodos, incluso durante la noche, dejando a las niñas solas en condiciones de vulnerabilidad.
La investigación también reveló que Rodríguez y su pareja, Carlos Díaz González, obligaban a las niñas a deambular por las calles en distintos horarios para pedir comida y dinero a vecinos y desconocidos, recursos que luego utilizaban para consumir bebidas alcohólicas.
En ese contexto de abandono, Díaz se aprovechó de la situación para acercarse a la niña de siete años y realizarle tocamientos lascivos por encima de la ropa, conducta que la madre permitió sin intervenir.
Como resultado del proceso judicial, el tribunal declaró a Daima Rodríguez Núñez culpable de corrupción de menores y otros actos contrarios al desarrollo infantil, imponiéndole una sanción de ocho años de privación de libertad.
Carlos Díaz González fue condenado a diez años de prisión por corrupción de menores y abusos lascivos.
Además, se dictaron sanciones accesorias: a la madre se le suspendieron los derechos paternos sobre sus hijas, y ambos acusados fueron privados de derechos civiles y de salida del territorio nacional.
En Matanzas, la muerte de un niño de apenas dos años con signos visibles de maltrato físico encendió las alarmas sobre la violencia infantil en Cuba.
El menor ingresó en estado crítico al hospital pediátrico Eliseo Noel Caamaño, con hematomas, fiebre y dificultad respiratoria, lo que llevó al equipo médico a detectar perforaciones internas.
A pesar de una intervención quirúrgica de urgencia, falleció pocas horas después. El caso fue reportado como un posible infanticidio y desató consternación en la comunidad.
Días después, se conoció que otros tres niños maltratados habían sido atendidos en hospitales de Matanzas durante lo que va de año, superando las cifras de todo 2024.
Pediatras y psicólogos alertan que muchos de estos casos están encubiertos bajo supuestos accidentes domésticos, cuando en realidad reflejan negligencia, abandono o violencia estructural.
Profesionales de salud e instituciones legales señalan que las leyes cubanas permiten retirar la patria potestad, pero existe un subregistro preocupante debido al silencio institucional y la falta de denuncia efectiva.
En este mismo clima de desprotección, la activista Maylen Díaz Delgado denunció que el sistema judicial cubano permite que su hija siga expuesta a su agresor, un hombre condenado por abuso sexual.
A pesar de lo que establece la ley, una sentencia emitida en Camagüey podría devolverle al padre la patria potestad, lo cual contradice el Código Penal, el Código de las Familias y la Constitución.
La denuncia ha sido respaldada por organizaciones feministas que exigen la revisión urgente del fallo y alertan sobre el riesgo de revictimización infantil.
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