Resolución 146/2005

Aprobación de calificadores de ocupaciones de operarios, trabajadores de servicios y de cargos técnicos de la rama Agropecuaria y Forestal

Organismo
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Fecha emisión
2005-12-29
Publicada en
Gaceta No. 25 Extraordinaria de 2006 (2006-08-17)
Páginas
6–8
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La Resolución No. 146/2005 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social aprueba los calificadores de ocupaciones de operarios, trabajadores de servicios y de cargos técnicos de la rama Agropecuaria y Forestal. Estos calificadores tienen como objetivo mejorar la eficacia de la producción y los servicios. La resolución es emitida por el Ministro de Trabajo y Seguridad Social.

Texto íntegro

RESOLUCION No. 146/2005

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POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de la República de Cuba, de 22 de octubre de 1999, el que suscribe fue designado Ministro de Trabajo y Seguridad Social.

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POR CUANTO: El Acuerdo No. 2817 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 25 de noviembre de 1994, establece, entre las atribuciones comunes de los jefes de los organismos de la Administración Central del Estado, la de dictar resoluciones en el límite de sus facultades y competencia.

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POR CUANTO: Conforme al Acuerdo No. 4085 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, de 2 de julio de 2001, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social es el organismo encargado de proponer, dirigir, controlar y evaluar, sistemáticamente, la política del Estado y el Gobierno en materia laboral, salarial, de seguridad y protección en el trabajo y de prevención, atención y seguridad social.

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POR CUANTO: Se ha elaborado un Sistema Salarial basado en el principio de distribución socialista “de cada cual según su capacidad, a cada cual según su trabajo”, mediante el cual el salario se convierte en el principal estímulo material, que recibe el trabajador por su aporte a la sociedad.

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POR CUANTO: Para la aplicación del Sistema Salarial se han confeccionado, con la activa participación de los organismos, la Central de Trabajadores de Cuba y los sindicatos nacionales, nuevos calificadores de cargos y ocupaciones, para lo cual se revisaron más de 10 mil cargos de los calificadores vigentes y se rediseñaron en menos de 5 mil cargos de amplio perfil, lo que contribuirá al mejoramiento de la eficacia de la producción y los servicios.

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POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me están conferidas,

R e s u e l v o :

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PRIMERO: Aprobar los calificadores de ocupaciones de operarios, trabajadores de servicios y de cargos técnicos, de la rama Agropecuaria y Forestal, cuyas denominaciones, descripciones de las funciones o tareas principales, grupos de complejidad y requisitos aparecen en el Anexo de la presente Resolución.

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SEGUNDO: La descripción de las funciones o tareas principales y requisitos de los cargos y ocupaciones que integran los calificadores que por la presente se aprueban, son los que obran archivados en la Dirección de Trabajo y Estimulación del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

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TERCERO: Los calificadores que por la presente Resolución se aprueban son de aplicación por un año a partir de su fecha.

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CUARTO: Facultar al Viceministro correspondiente del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que dicte las disposiciones complementarias que se requieran para la mejor aplicación de lo que por la presente Resolución se establece, así como para modificar, de resultar necesario, la denominación, descripción de las funciones y requisitos de los cargos y ocupaciones, a solicitud de los jefes de los organismos y el Sindicato Nacional correspondiente.

PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.

Dada en Ciudad de La Habana, a los 29 días del mes de diciembre de 2005.

Alfredo Morales Cartaya

Ministro de Trabajo

y Seguridad Social

RELACION DE OCUPACIONES DE OPERARIOS POR GRUPOS DE COMPLEJIDAD

GRUPO V

- a) Operario Agropecuario.

- b) Operario Integral de Horno Malayo del Coco.

- c) Operador de Secado y Tamizado de Spirulina.

- d) Operario de Vías Rurales. GRUPO VI

- a) Auxiliar de Investigaciones Agropecuarias.

- b) Florista.

- c) Operario Agroindustrial.

- d) Operario de la Conservación en la Flora y la Fauna.

- e) Operador de Equipos Ligeros Rama Agropecuaria.

GRUPO VII

- a) Operario Agropecuario Especializado.

GRUPO VIII

- a) Operario Agroindustrial Especializado.

- b) Operador de Equipos Pesados Rama Agropecuaria.

RELACION DE OCUPACIONES DE LOS TRABA- JADORES DE SERVICIOS POR GRUPOS DE COMPLEJIDAD

GRUPO IV

- a) Dependiente-Estibador de Productos Agropecuarios.

RELACION DE CARGOS TECNICOS POR GRUPOS DE COMPLEJIDAD

GRUPO VI

- a) Auxiliar Técnico Agropecuario.

- b) Técnico en Mecánica Fabril, Corte, Soldadura y Fundición para el Sector Agropecuario.

- c) Técnico en Supervisión, Reclamación y Abastecimiento de Suministros Agropecuarios.

- d) Técnico en Recepción y Control de la Materia Prima para la Industria Agropecuaria y Forestal. GRUPO VII

- a) Técnico “B” en Agrotecnia de los Cultivos.

- b) Técnico “B” en Producción Agropecuaria.

- c) Técnico “B” en Producción y Beneficio Industrial Agropecuario.

- d) Técnico “B” en Riego y Drenaje.

- e) Técnico “B” Industrial Agropecuario.

- f) Técnico “B” Integral Agrónomo.

- g) Técnico “B” Integral Forestal.

- h) Técnico “B” en Tecnología Industrial Agropecuaria.

- i) Técnico en Comercialización de Productos Agropecuarios.

- j) Técnico en Control de Inversiones para el Sector Agropecuario y Forestal.

- k) Técnico en Explotación, Desarrollo y Control de Animales de Distintas Especies.

- l) Técnico en Investigaciones Agropecuarias y Forestales.

- m) Técnico en Mantenimiento para la Industria Agropecuaria y Forestal.

- n) Técnico Veterinario. GRUPO VIII

- a) Técnico en Investigaciones de Riego y Drenaje.

- b) Técnico “B” en Certificación de Semillas.

- c) Técnico “B” en Protección de Plantas y Cuarentena Vegetal.

- d) Florista – Decorador.

- e) Técnico “A” en Agrotecnia de los Cultivos.

- f) Técnico “A” en Producción Agropecuaria.

- g) Técnico “A” en Producción y Beneficio Industrial Agropecuario.

- h) Técnico “A” en Riego y Drenaje.

- i) Técnico “A” Integral Agrónomo.

- j) Técnico “A” Integral Forestal.

- k) Técnico “A” Industrial Agropecuario.

GRUPO IX

- a) Técnico “A” en Electrificación Agropecuaria y Forestal.

- b) Técnico “A” en Certificación de Semillas.

- c) Técnico “A” en Protección de Plantas y Cuarentena Vegetal.

- d) Especialista “B” en Desarrollo de las Cooperativasde Producción Agropecuaria y de los Agricultores Pequeños.

- e) Especialista “B” en Zootecnia y Reproducción.

- f) Especialista “B” en Explotación y Mecanización Agro pecuaria y Forestal.

- g) Especialista en Desmonte y Preparación de Tierras.

- h) Especialista en Equipos de Ordeño Mecánico y Refrigeración.

- i) Especialista en Mantenimiento, Uso y Explotación de Equipos Pesados Agrícolas, de Construcción, Equipos Industriales y Máquinas Herramientas.

- j) Especialista en Mecanización de Cosechas.

- k) Especialista en Planes y Programas de Mecanización, Electromecanización y Electrificación de Equipos Automotores y Estacionarios.

- l) Especialista en Programa y Control de Construcción y Reparación de Piezas, Equipos e Implementos Agrícolas.

- m) Especialista en Reparación de Equipos y Recuperación de Piezas Agrícolas.

- n) Técnico Instructor “A” en Especialidades Agropecuarias.

GRUPO X

- a) Especialista “B” en Agrotecnia de los Cultivos.

- b) Especialista “B” en Certificación de Semillas.

- c) Especialista “B” en Producción Agropecuaria.

- d) Especialista “B” en Protección de Plantas y Cuarentena

Vegetal.

- e) Especialista “B” en Producción y Beneficio Industrial

Agropecuario.

- f) Especialista “B” Industrial Agropecuario.

- g) Especialista “B” Integral Agrónomo.

- h) Especialista “B” Integral Forestal.

- i) Especialista en Explotación de los Sistemas de Riego y

Drenaje.

- j) Especialista en Explotación, Desarrollo y Control de

Animales de Distintas Especies.

- k) Especialista en Medicina Veterinaria.

- l) Especialista en Planificación y Control de Programas

Científico-Técnicos para el Sector Agropecuario y

Forestal.

- m) Especialista Instructor en Especialidades Agro pecuarias.

- n) Inspector para la Actividad Agropecuaria y Forestal.

- o) Extensionista “B” para la Rama Agropecuaria y Forestal.

- GRUPO XI

- a) Especialista “A” en Automatización de los Sistemas de Riego y Drenaje.

- b) Especialista “A” en Desarrollo de las Cooperativas de Producción Agropecuaria y de los Agricultores Pequeños.

- c) Especialista “A” en Certificación de Semillas.

- d) Especialista “A” en Protección de Plantas y Cuarentena Vegetal.

- e) Especialista “A” en Desarrollo de Tecnologías, Construcción y Reparación de Dispositivos de Riego y Drenaje.

- f) Especialista “A” en Equipos de Bombeo y Abasto Menor.

- g) Especialista “A” en Producción Agropecuaria.

- h) Especialista “A” en Zootecnia y Reproducción.

- i) Especialista “A” en Riego y Drenaje.

- j) Especialista “A” en Tecnología Industrial Agropecuaria.

- k) Especialista “A” Industrial Agropecuario.

- l) Especialista “A” Integral Agrónomo.

- m) Especialista “A” Integral Forestal.

- n) Especialista “A” en Explotación y Mecanización Agropecuaria y Forestal.

- o) Especialista en Comercialización de Productos Agropecuarios.

- p) Especialista en Investigaciones de Sanidad Vegetal.

- q) Especialista en Proyectos para Obras Hidráulicas.

- r) Especialista en Proyectos para Riego y Drenaje.

- s) Extensionista “A” para la Rama Agropecuaria y Forestal. GRUPO XII

- a) Especialista Superior en Agrotecnia de los Cultivos.

- b) Especialista Superior en Explotación de los Sistemas de Riego y Drenaje.

- c) Especialista Superior en Explotación y Mecanización Agropecuaria y Forestal.

- d) Especialista Superior en Producción y Beneficio Industrial Agropecuario.

- e) Extensionista Superior para la Rama Agropecuaria y Forestal.

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