Resolución 176/2023
Esta resolución autoriza la representación de una agencia de viajes extranjera en Cuba. El Ministerio de Turismo emite esta norma para regular la inscripción de la agencia de viajes GAVIOTA TOURS S.A. como representante de AVENTOURA GMBH.
- Se autoriza la inscripción de GAVIOTA TOURS S.A. para actuar como representante de AVENTOURA GMBH en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras.
- La agencia de viajes cubana puede realizar servicios como asistencia a clientes, ubicación de traslados, venta de excursiones y servicios de coordinación y reservas.
- La licencia no autoriza actividades como importar y exportar comercialmente, realizar comercio mayorista y minorista, ni transportar mercancías o personas en el territorio nacional.
- El encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras es responsable del cumplimiento de esta resolución.
- La resolución se emite según el Decreto 32/2021 y el Acuerdo No. 7742/2015.
- Se establecen 11 servicios que la agencia de viajes cubana puede ofrecer como representante de la agencia extranjera.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 176/2023
POR CUANTO: El Decreto 32, de fecha 22 de febrero de 2021, “Reglamento para elestablecimiento de representaciones comerciales extranjeras en Cuba”, dispone en su Ar-tículo 19, apartados 1 y 3, que corresponde al ministro de Turismo en su respectiva áreade competencia, autorizar o denegar solicitudes de licencia para el establecimiento de re-presentaciones extranjeras, y en su Disposición Final Segunda, regula que los jefesde los organismos de la Administración Central del Estado quedan encargados de dictarlas disposiciones complementarias que resulten necesarias a los efectos de lo previstoen el presente Decreto.
POR CUANTO: El Acuerdo No. 7742, de 28 de mayo de 2015, establece las funcionesespecíficas del Ministerio de Turismo, y entre ellas, la prevista en su apartado Primero,numeral dos, consistente en ejercer la función metodológica rectora sobre la actividad deagencias de viajes.
POR CUANTO: El encargado del Registro Nacional de Representaciones Comercia-les Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve, el expediente incoado apartir de la solicitud de inscripción al amparo del mencionado Decreto 32 de la agenciade viajes GAVIOTA TOURS S.A. para actuar como representante de la agencia de viajesAVENTOURA GMBH., y del análisis efectuado, se ha considerado acceder a la solicitudformulada.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me están conferidas en el inciso d),del
Artículo 145, de la Constitución de la República de Cuba,
RESUELVO
PRIMERO: Autorizar la inscripción de la agencia de viajes GAVIOTA TOURS S.A.para actuar como representante de la agencia de viajes AVENTOURA GMBH., en el Re-gistro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Co-mercio de la República de Cuba.
SEGUNDO: Autorizar a la agencia de viajes cubana en su carácter de representante de laagencia de viajes AVENTOURA GMBH., a partir de su inscripción a realizar los serviciossiguientes:
a) Asistencia a los clientes en los puntos de embarque y desembarque;
b) ubicación de traslados;
c) realización de las reuniones de información;
d) venta de excursiones y opcionales;
e) servicios de coordinación y reservas a través de la central de reservas de la agenciade viajes nacional que la represente;
f) formalización o ejecución de pólizas de seguro turístico;
g) reconfirmación de reservas aéreas;
h) realizar todos los trámites requeridos para la acreditación de directivos extranjeros;
i) disponer del personal nacional especializado o gestionarlo a través de la entidadempleadora correspondiente;
j) disponer o gestionar los servicios de comunicación y otros medios para el montajey habilitación de sus locales de trabajo; y
k) gestionar los servicios de transporte para el desenvolvimiento de la actividad de laagencia representada y la adquisición de autos para los supervisores extranjeros.
TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autori-za la realización de las actividades siguientes:
a) Importar y exportar directamente con carácter comercial;
b) realizar comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, excepto laventa de excursiones a sus clientes siempre que estas se realicen por sus supervisores,de acuerdo al contrato suscrito; y
c) transportar mercancías ni personas en el territorio nacional.
CUARTO: El encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Ex-tranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, queda responsabi-lizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
NOTIFÍQUESE al encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, por conducto del Director Jurídico de este Organismo y al Director General de la Agencia Viajes GAVIOTATOURS S.A.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
ARCHÍVESE su original en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, a los 18 días del mes de julio de 2023, “Año 65 de la Revolución”.
Juan Carlos García Granda
Ministro
________________