Resolución 289

Modificación de la Clasificación por Ramos y Modalidades de Seguro

Organismo
Ministerio de Finanzas y Precios
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 32 Ordinaria de 2002 (2002-06-28)
Páginas
13–15
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La Resolución No. 289 del Ministerio de Finanzas y Precios modifica la Clasificación por Ramos y Modalidades de Seguro. Esta norma actualiza la clasificación anterior para adecuarla a los diferentes seguros comercializados en el mercado cubano y establece nuevos requisitos para la información que deben brindar las entidades de seguros a la Superintendencia de Seguros.

Texto íntegro

Resolución No. 217, de fecha 24 de julio del 2000, de este ministerio, que adopta la Clasificación por Ramos y Modalidades de Seguro, a los fines de lograr la uniformidad de la

- información que brinden las entidades de seguros a la Superintendencia de Seguros; evidencia la conveniencia de su modificación para atemperarla a los diferentes seguros que, actualmente, se comercializan en nuestro mercado cubano.

-

POR TANTO: En uso de las atribuciones que me están conferidas,

R e s u e l v o :

-

PRIMERO: Sustituir el anexo de la Resolución No. 217, de fecha 24 de julio del 2000, dictada por el que resuelve, por el que se adjunta a la presente formando parte integrante de ella.

-

SEGUNDO: Modificar el apartado Segundo, de la antes citada resolución, el que quedará redactado de la manera siguiente:

“Segundo: A los efectos de lograr la uniformidad de la información que brinden las entidades de seguro a la Superintendencia de Seguros, en lo adelante superintendencia, tanto en el modelo de Declaración Jurada de aportes al órgano de control, como para la realización por la superintendencia de los análisis técnicos pertinentes, ésta se corresponderá con los ramos, modalidades y productos, en su caso, especificados en el anexo de la presente, los que se avienen con los que en la actualidad se comercializan en el mercado cubano.”

-

TERCERO: Adicionar, a la referida resolución, como apartado Tercero, el siguiente, y, en consecuencia, el que antes era el Tercero pasará a ser el Cuarto:

“Tercero: En el caso de que las entidades comercialicen otros seguros no especificados en la presente, solicitarán a la superintendencia su clasificación, según lo establecido en el artículo 10.2 del Decreto-Ley No. 177, Sobre el Ordenamiento del Seguro y sus Entidades, de fecha 2 de septiembre de 1997.”

-

CUARTO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República y archívese el original en la Dirección Jurídica de este ministerio.

Dada en la ciudad de La Habana, a los 19 días del mes de junio del 2002.

Manuel Millares Rodríguez

Ministro de Finanzas y Precios

ANEXO

CLASIFICACION POR RAMOS, MODALIDADES

Y PRODUCTOS DE SEGURO

RAMO

MODALIDAD

PRODUCTO

PERSONALES

Vida

Accidentes

Accidentes Personales.

Viajes al Extranjero.

Colectivo para Eventos.

Viajes.

Accidentes.

Seguro al Viajero.

Salud

Gastos Médicos.

Complementario de la Seguridad Social.

Temporario de Vida.

RESPONSABILIDAD CIVIL

General

Personal.

Propietarios o Arrendatarios.

Eventos Deportivos.

Ferias y Exposiciones.

Montaje.

Contratista.

Vehículos de Tracción Animal.

Poseedores de Licencia de

Conducción.

Instalaciones Turísticas.

Transporte de Pasajeros.

Instalaciones Gastronómicas.

Agencias de Viaje y Turoperadoras.

Almacenamiento y Manipulación

de Mercancías.

Almacenamiento de Materias

Peligrosas.

Garajes, Estacionamientos,

Talleres de Reparación

y Estaciones de Servicio.

Cazadores, Cotos y Sociedades de

Caza.

Peluquerías y Salones de Belleza.

Animales Domésticos.

Explotación de Comercios y Oficinas.

Propietarios de Inmuebles y

Agentes Inmobiliarios.

Guarda y Cuidado de Vehículos.

Bicicleta y Vehículos de

Tracción Animal.

Marítima

Responsabilidad Civil Marítima.

Responsabilidad Civil de

Embarcaciones Menores.

Aviación

Responsabilidad Civil de Aviación.

BIENES

Transporte de Mercancías

Todo Seguro Transportación de

Mercancías.

Todo Seguro Transportación de

Mercancías Anual.

Todo Seguro Transportación de

Mercancías Terrestre.

Transportación de Mercancías.

Valores en Tránsito.

Tránsito Terrestre.

Marítimos

Todo Seguro Embarcaciones

Menores.

Todo Seguro Embarcaciones de

Placer.

Cascos Marítimos.

Todo Seguro Pesqueros.

Casco y Maquinaria para

Embarcaciones Menores.

Aviación

Cascos de Aviación.

Patrimoniales

Incendio y Líneas Aliadas.

Obligatorio contra Incendio.

Seguro de Expositores.

Multirriesgo.

Inmobiliaria.

Hoteles.

Equipos Electrónicos.

Todo Seguro Viviendas y Oficinas.

Todo Seguro Almacenaje.

Todo Seguro Comercios y Almacenes.

Seguro Integral de Incendio.

Patrimoniales Agropecuarios

Flores.

Forestal.

Casas y Ranchos de curar Tabaco.

Kalfrisas.

Edificio e Instalaciones.

Maquinarias, Equipos y

Medios de Transporte.

Estructuras y Cobertores de

Invernaderos.

Rotura de Maquinaria.

Existencias.

Equipos Electrónicos.

Existencias de Tabaco.

Ingeniería

Ingeniería.

Todo Riesgo de Montaje.

Todo Riesgo de Contratista.

Equipos del contratista y

Maquinaria Pesada Móvil.

Daños Materiales y Rotura de

Maquinaria.

Control de Pozo.

Rotura de Maquinaria.

Contratista.

Vehículos

Seguro para Vehículos de

Transporte Terrestre.

Agrícolas

Tabaco

Café

Cacao

Caña

Arroz

Granos

Tubérculos y Raíces.

Hortalizas

Plátano

Cítricos

Frutales

Semilleros

Viveros

Cultivos Protegidos.

Plantación de Café.

Plantación de Cacao.

Plantación de Plátano.

Plantación de Frutales.

Plantación de Flores.

Plantación de Caña.

Fomento de Plátano.

Organopónicos.

Pecuarios

Ganado Vacuno.

Ganado Equino.

Ganado Avícola.

Producción Avícola.

Producción Apícola.

Expuestos en Ferias y Exposiciones.

Acuícola

Avícola

Porcino

OTROS SEGUROS

Crédito

Crédito

Crédito Interno Póliza Específica.

Crédito Interno Póliza Global.

Crédito a la Exportación Global.

Crédito a la Exportación Específica.

Crédito Para Instituciones Financieras.

Caución

Caución

Fianza de Cumplimiento de Contrato.

Fianza de Seriedad de Ofertas

para Licitaciones o Concurso.

Fianza de Buena Calidad.

Fianza de Anticipos.

Fianza de Créditos.

Otros

Hole in One.

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