Resolución 316/2022
La Resolución 316/2022 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera autoriza la inscripción de la sucursal de la compañía alemana WILO SE en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras. Esta resolución regula las condiciones y el giro comercial de la sucursal en Cuba.
- Se autoriza la inscripción de la sucursal de WILO SE en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras.
- El giro comercial de la sucursal es la producción y comercialización de máquinas y equipos para la industria, agricultura, edificios y viviendas.
- La sucursal atiende negocios de filiales como WILO EMU GMBH, WILO IBERICA, S.A., WILO China LTD., entre otras.
- La licencia no autoriza la importación y exportación directa con carácter comercial, ni la distribución y transporte de mercancías en el territorio nacional.
- Se concede un plazo de 90 días para formalizar la inscripción en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 316/2022
POR CUANTO: El Decreto 32 “Reglamento para el establecimiento de represen-taciones comerciales extranjeras en Cuba”, de 22 de febrero de 2021, establece lasregulaciones generales para la solicitud de autorización, inscripción, modificación ycierre de las oficinas de representación, sucursales y los contratos de agencia y de re-presentación en la República de Cuba, ante el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: Mediante la Resolución 323 de esta propia autoridad, de 14 de agostode 2020, se autorizó la renovación de la licencia de la sucursal de la compañía alemanaWILO SE en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
POR CUANTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comercia-les Extranjeras ha elevado a la consideración del que resuelve el expediente incoado, envirtud de la solicitud de inscripción de la sucursal de la compañía alemana WILO SE y,del análisis efectuado, se ha considerado acceder a la solicitud formulada.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el inciso d)del
Artículo 145 de la Constitución de la República de Cuba,
RESUELVO
PRIMERO: Autorizar la inscripción de la sucursal de la compañía alemana WILO SEen el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Ex tranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.
SEGUNDO: El giro comercial de la sucursal de la compañía alemana WILO SE en Cuba, a partir de su inscripción, es la producción y comercialización de máquinas y equi-pos para la industria, agricultura, edificios y viviendas, así como sistemas de bombasde conexión y regulación, además de atender los negocios de las filiales WILOEMUGMBH, WILO IBERICA, S.A., WILO China LTD., WILO SALMSON Argentina, S.A.,WILO FRANCE SAS y WILO PUMPS LTD. Corea; se adjunta en el Anexo Único queforma parte integrante de la presente Resolución, la nomenclatura de mercancías auto-rizadas a los efectos de la aprobación por la autoridad competente del régimen aduanalcorrespondiente.
TERCERO: La licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución no autorizala realización de las actividades siguientes:
a) Importar y exportar directamente con carácter comercial; ni
b) distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
CUARTO: El Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras queda responsabilizado del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.
QUINTO: Se concede un plazo de noventa días, contados a partir de la entrada envigor de la presente Resolución, para que la entidad cuya inscripción se autoriza en elapartado Primero formalice su inscripción en el Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras. El incumplimiento del plazo establecido en este apartado im-plicará el desistimiento de la entidad promovente para lo que ha sido autorizada y, con-secuentemente, el Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras procederá al archivo del expediente incoado.
SEXTO: Derogar la Resolución 323 de esta propia autoridad, de 14 de agosto de 2020.
NOTIFÍQUESE al Encargado del Registro Nacional de Representaciones Comerciales Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, por conducto dela Directora Jurídica del Ministerio.
COMUNÍQUESE al Presidente de la Agencia de Contratación a Representaciones Comerciales, S.A., y a los viceministros, directores generales y a la Directora de la Direc-ción de Gestión Empresarial Externa del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera.
DESE CUENTA al Jefe de la Aduana General de la República.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, alos once días del mes de agosto de dos mil veintidós, “Año 64 de la Revolución”.
Rodrigo Malmierca Díaz
Ministro
ANEXO ÚNICO
NOMENCLATURA DE PRODUCTOS APROBADA
A LA SUCURSAL DE LA COMPAÑÍA WILO SE
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