Resolución 33/2016
La Resolución No. 33/2016 del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera regula la renovación de la licencia de la compañía española EQUIPAMIENTO INSTITUCIONAL, S.A. para operar en Cuba. La resolución establece el procedimiento y condiciones para la renovación de la licencia.
- Se autoriza la renovación de la licencia a EQUIPAMIENTO INSTITUCIONAL, S.A. para realizar actividades comerciales en Cuba.
- El objeto de la compañía se limita a las actividades comerciales relacionadas con las mercancías listadas en el Anexo No. 1.
- La licencia no autoriza la importación y exportación directa, comercio mayorista y minorista, distribución y transporte de mercancías en el territorio nacional.
- La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras es responsable del cumplimiento de la resolución.
- El Anexo No. 1 lista los capítulos de productos autorizados para la comercialización, que incluyen productos farmacéuticos, plásticos, caucho, manufacturas de cuero, madera, entre otros.
- Se exceptúan servicios de postventa y garantía expresamente acordados en los contratos de comercio exterior.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN No. 33/2016
POR CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, “Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras”, establece elprocedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción, renovación y cance-lación de licencias presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Cámara de Comercio dela República de Cuba.
POR CUANTO: La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Socie-dades Mercantiles Extranjeras, ha elevado a la consideración del que resuelve el expedienteincoado en virtud de la solicitud de renovación de Licencia presentada por la compañía espa-ñola EQUIPAMIENTO INSTITUCIONAL, S.A., y del análisis efectuado se ha consideradoprocedente acceder a la solicitud formulada.
POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el numeral 4 del Apartado Tercero del Acuerdo No. 2817, de fecha 25 de noviembre de 1994, adoptadopor el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros,
R e s u e l v o :
PRIMERO: Autorizar la renovación de la Licencia ante el Registro Nacional de Sucursa-les y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio dela República de Cuba, de la compañía española EQUIPAMIENTO INSTITUCIONAL, S.A.
SEGUNDO: El objeto de la compañía española EQUIPAMIENTO INSTITUCIONAL,S.A., en Cuba, a partir de la renovación de su Licencia en el Registro Nacional de Sucursa-les y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, será la realización de las actividadescomerciales relacionadas con las mercancías que, a nivel de capítulos, se describen en el Anexo No. 1 que forma parte integrante de la presente Resolución.
TERCERO: La Licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución, no auto-riza la realización de las actividades siguientes:
a) Importar y exportar directamente, con carácter comercial.
b) Realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, exceptolos servicios de postventa y garantía, expresamente acordados en los contratos queamparan las operaciones de comercio exterior.
c) Distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.
CUARTO: La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Socieda-des Mercantiles Extranjeras queda responsabilizada del cumplimiento de lo dispuesto enla presente Resolución.
COMUNÍQUESE a los viceministros y directores del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a la Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, al Director General del Grupo Empresarial del Comercio Exterior,GECOMEX, a la Ministra de Finanzas y Precios, al Presidente del Banco Central de Cuba, al Jefe de la Aduana General de la República, al Presidente de la compañía ACO-REC S.A., al Director de la Dirección de Inmigración y Extranjería, a la Presidenta de lacompañía ETECSA, al Encargado del Registro Nacional de Vehículos Automotores y acuantas otras entidades nacionales corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica.
DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a losveintinueve días del mes de enero de dos mil dieciséis.
Rodrigo Malmierca Díaz
Ministro del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera
ANEXO No. 1
NOMENCLATURA DE PRODUCTOS AUTORIZADOS A REALIZARACTIVIDADES COMERCIALES A EQUIPAMIENTO INSTITUCIONAL S.A.
| Descripción | | - | | Capítulo 30 Productos farmacéuticos | | Capítulo 32 Extractos curtientes o tintóreos; taninos y sus derivados; pigmentos y demásmaterias colorantes; pinturas y barnices; mástiques; tintas | | Capítulo 33 Aceites esenciales y resinoides; preparaciones de perfumería, de tocador o decosmética | | Capítulo 39 Plástico y sus manufacturas | | Capítulo 40 Caucho y sus manufacturas | | Capítulo 42 Manufacturas de cuero; artículos de talabartería o guarnicionería; artículosde viaje, bolsos de mano (carteras) y continentes similares; manufacturas de tripa | | Capítulo 44 Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera | | Capítulo 46 Manufacturas de espartería o cestería | | Capítulo 54 Filamentos sintéticos o artificiales |
| Descripción | | - | | Capítulo 55 Fibras sintéticas o artificiales discontinuas | | Capítulo 56 Guata, fieltro y tela sin tejer; hilados especiales; cordeles, cuerdas y cordajes;artículos de cordelería | | Capítulo 62 Prendas y complementos (accesorios), de vestir, excepto los de punto | | Capítulo 63 Los demás artículos textiles confeccionados; juegos; prendería y trapos | | Capítulo 70 Vidrio y sus manufacturas | | Capítulo 73 Manufacturas de fundición, hierro o acero | | Capítulo 76 Aluminio y sus manufacturas | | Capítulo 82 Herramientas y útiles, artículos de cuchillería y cubiertos de mesa, de metalcomún; partes de estos artículos, de metal común | | Capítulo 83 Manufacturas diversas de metal común | | Capítulo 84 Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos;partes de estas máquinas o aparatos | | Capítulo 85 Máquinas, aparatos y material eléctrico, y sus partes; aparatos de grabacióno reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido entelevisión, y las partes y accesorios de estos aparatos | | Capítulo 90 Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida,control o precisión; instrumentos y aparatos medicoquirúrgicos; partes y accesorios deestos instrumentos o aparatos | | Capítulo 93 Armas, municiones, y sus partes y accesorios | | Capítulo 94 Muebles; mobiliario medicoquirúrgico; artículos de cama y similares;aparatos de alumbrado no expresados ni comprendidos en otra parte; anuncios, letreros yplacas indicadoras luminosos y artículos similares; construcciones prefabricadas | | Capítulo 96 Manufacturas diversas |
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