Resolución 378

Renovación de Licencia de REPRESENTACIONES CULTURALES, S.A. (RECSA) como agente de AURELIA INTERNATIONAL, S.A.

Organismo
Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 3 Ordinaria de 2019 (2019-01-25)
Páginas
11–12
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Texto íntegro

GOC-2019-96-O3 RESOLUCIÓN No. 378 de 2018

POR CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, “Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras”, establece el pro-cedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción, renovación y cancelación de licencias presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.

POR CUANTO: La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, ha elevado a la consideración del que resuelve el expediente incoado en virtud de la solicitud de renovación de la Licencia de la compa-ñía REPRESENTACIONES CULTURALES, S.A. (RECSA) como agente de la compañía panameña AURELIA INTERNATIONAL, S.A.,y del análisis efectuado se ha considerado procedente acceder a la solicitud formulada.

POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el numeral 4 del Apartado Tercero del Acuerdo No. 2817, de fecha 25 de noviembre de 1994, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros,

R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la renovación de la Licencia de la compañía REPRESENTACIO-NES CULTURALES, S.A. (RECSA) como agente de la compañía panameña AURELIA INTERNATIONAL, S.A., en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.

SEGUNDO: El objeto de la compañíaREPRESENTACIONES CULTURALES, S.A. (RECSA) como agente de la compañía panameña AURELIA INTERNATIONAL, S.A., en Cuba, a partir de su renovación, será la realización de las actividades comerciales relaciona-das con las mercancías que, a nivel de capítulos, se describen en el Anexo No. 1 que forma parte integrante de la presente Resolución.

TERCERO: La Licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución, no autoriza la realización de las actividades siguientes: a) Importar y exportar directamente, con carácter comercial; b) realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, excepto los servicios de posventa y garantía, expresamente acordados en los contratos que amparan las operaciones de comercio exterior; c) distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.

CUARTO: La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Socieda-des Mercantiles Extranjeras queda responsabilizada del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. COMUNÍQUESE a los viceministros, directores generales y directores del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a la Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, a la Ministra de Finanzas y Precios, a la Presidenta del Banco Central de Cuba, al Jefe de la Aduana General de la República, al Presidente de la compañía ACOREC, S.A., al Director de la Dirección de Inmigración y Extranjería, a la Presidenta de la compañía ETECSA, al Encargado del Registro Nacional de Vehículos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales corresponda.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica del Ministerio.

DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a los veintiocho días del mes de diciembre de dos mil dieciocho.Rodrigo malmierca Díaz Ministro del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera

54 GACETA OFICIAL 25 de enero de 2019 ANEXO No. 1 NOmENCLATURA DE PRODUCTOS AUTORIZADOS A REALIZAR ACTIVIDADES COmERCIALES A AURELIA INTERNATIONAL, S.A. Descripción Capítulo 37 Productos fotográficos o cinematográficos Capítulo 39 Plástico y sus manufacturas Capítulo 42 Manufacturas de cuero; artículos de talabartería o guarnicionería; artículos de viaje, bolsos de mano (carteras) y continentes similares; manufacturas de tripa Capítulo 48 Papel y cartón; manufacturas de pasta de celulosa, de papel o cartón Capítulo 49 Productos editoriales de la prensa y de las demás industrias gráficas; textos manuscritos o mecanografiados y planos Capítulo 46 Manufacturas de espartería o cestería Capítulo 61 Prendas y complementos (accesorios), de vestir, de punto Capítulo 62 Prendas y complementos (accesorios), de vestir, excepto los de punto Capítulo 63 Los demás artículos textiles confeccionados; juegos; prendería y trapos Capítulo 65 Sombreros, demás tocados y sus partes Capítulo 66 Paraguas, sombrillas, quitasoles, bastones, bastones asiento, látigos, fustas, y sus partes Capítulo 69 Productos cerámicos Capítulo 70 Vidrio y sus manufacturas Capítulo 83 Manufacturas diversas de metal común Capítulo 90 Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión; instrumentos y aparatos medicoquirúrgicos; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos Capítulo 91 Aparatos de relojería y sus partes Capítulo 95 Juguetes, juegos y artículos para recreo o deporte; sus partes y accesorios Capítulo 96 Manufacturas diversas________________FINANZAS y PRECIOS